{"id":7308,"date":"2025-01-31T23:27:18","date_gmt":"2025-01-31T23:27:18","guid":{"rendered":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/?p=7308"},"modified":"2025-01-31T23:27:20","modified_gmt":"2025-01-31T23:27:20","slug":"la-comision-toma-medidas-para-garantizar-la-transposicion-completa-y-oportuna-de-las-directivas-de-la-ue","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/?p=7308","title":{"rendered":"La Comisi\u00f3n toma medidas para garantizar la transposici\u00f3n completa y oportuna de las directivas de la UE"},"content":{"rendered":"\n<p>La Comisi\u00f3n ha adoptado un paquete de decisiones de infracci\u00f3n debido a que los Estados miembros no han comunicado las medidas adoptadas para transponer las directivas de la UE a su Derecho nacional. La Comisi\u00f3n ha enviado una carta de emplazamiento a los Estados miembros que no han notificado las medidas nacionales de transposici\u00f3n de las directivas, cuyo plazo de transposici\u00f3n ha expirado recientemente. En este caso, hay 27 Estados miembros que a\u00fan no han notificado las medidas de transposici\u00f3n completa de once directivas de la UE en el \u00e1mbito del medio ambiente, la estabilidad financiera, los servicios financieros y la uni\u00f3n de los mercados de capitales, la justicia, la fiscalidad, la movilidad y el transporte. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para responder a las cartas de emplazamiento y completar su transposici\u00f3n, o bien la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a&nbsp;<\/strong><strong>los Estados miembros&nbsp;<\/strong><strong>que transpongan plenamente la Directiva sobre&nbsp;<\/strong><strong>la notificaci\u00f3n de las previsiones de emisiones de contaminantes atmosf\u00e9ricos<\/strong>&nbsp;La Comisi\u00f3n Europea ha decidido incoar procedimientos de infracci\u00f3n mediante el env\u00edo de cartas de emplazamiento a Bulgaria, Dinamarca, Alemania, Chipre, Hungr\u00eda, Pa\u00edses Bajos, Portugal, Eslovaquia y Finlandia por no haber transpuesto a su legislaci\u00f3n nacional&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir_del\/2024\/299\/oj\/eng\">la Directiva Delegada (UE) 2024\/299 de la Comisi\u00f3n<\/a>&nbsp;. La Directiva Delegada garantiza que la notificaci\u00f3n de las previsiones de emisiones de contaminantes atmosf\u00e9ricos por parte de los Estados miembros a la Comisi\u00f3n y a la Agencia Europea de Medio Ambiente se ajuste a la notificaci\u00f3n similar al Convenio de la Comisi\u00f3n Econ\u00f3mica para Europa de las Naciones Unidas sobre la contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica transfronteriza a gran distancia (Convenio LRTAP). La armonizaci\u00f3n de estas obligaciones de notificaci\u00f3n reduce la carga administrativa innecesaria para los Estados miembros. Estos informes permiten a la Comisi\u00f3n verificar si los Estados miembros est\u00e1n cumpliendo sus obligaciones de reducci\u00f3n de emisiones, tal como se establece en&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2016\/2284\/oj\/eng\">la Directiva (UE) 2016\/2284<\/a>&nbsp;relativa a la reducci\u00f3n de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosf\u00e9ricos. Sin embargo, los Estados miembros afectados no han comunicado sus medidas de transposici\u00f3n a la Comisi\u00f3n antes del 31 de diciembre de 2024. Por ello, la Comisi\u00f3n ha enviado cartas de emplazamiento a dichos Estados miembros, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposici\u00f3n. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<strong><\/strong><strong><\/strong><strong><\/strong><strong><br><\/strong><a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir_del\/2024\/299\/oj\/eng\"><\/a><a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2016\/2284\/oj\/eng\"><\/a><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que transpongan plenamente una directiva que restringe determinadas sustancias peligrosas en los aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a Chipre por no haber transpuesto a su legislaci\u00f3n nacional&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir_del\/2024\/1416\/oj\/eng\">la Directiva Delegada (UE) 2024\/1416 de la Comisi\u00f3n<\/a>&nbsp;por la que se modifica la Directiva sobre la restricci\u00f3n de sustancias peligrosas en aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2011\/65\/oj\/eng\">Directiva 2011\/65\/UE<\/a>&nbsp;\u2013 Directiva RoHS). La Directiva RoHS restringe el uso de sustancias peligrosas, como el cadmio, para proteger la salud humana y el medio ambiente, y permite la recuperaci\u00f3n y el tratamiento de residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos respetuosos con el medio ambiente. La Directiva RoHS permite, en determinadas condiciones, exenciones limitadas en el tiempo de las restricciones al uso de diferentes sustancias. Una exenci\u00f3n se refiere al cadmio en determinadas aplicaciones LED. La Directiva Delegada limita el alcance de la exenci\u00f3n en vista del progreso t\u00e9cnico avanzado, contribuyendo as\u00ed a reducir la cantidad de cadmio comercializado. Sin embargo, Chipre no ha comunicado sus medidas de transposici\u00f3n a la Comisi\u00f3n. Por ello, la Comisi\u00f3n env\u00eda cartas de emplazamiento a Chipre, que dispone ahora de dos meses para responder y completar su transposici\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado&nbsp;<em>.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que completen la transposici\u00f3n al Derecho nacional de la Directiva sobre determinados aspectos del requisito m\u00ednimo de fondos propios y pasivos admisibles<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea decidi\u00f3 incoar un procedimiento de infracci\u00f3n enviando cartas de emplazamiento a 17 Estados miembros (Austria, B\u00e9lgica, Bulgaria, Alemania, Dinamarca, Estonia, Grecia, Espa\u00f1a, Francia, Italia, Lituania, Letonia, Polonia, Portugal, Ruman\u00eda, Suecia y Eslovaquia) por no haber transpuesto completamente la Directiva Daisy Chains II (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2024\/1174\/oj\/eng\">Directiva (UE) 2024\/1174<\/a>&nbsp;). Los Estados miembros deb\u00edan transponerla al Derecho nacional antes del 13 de noviembre de 2024. La Directiva Daisy Chains II modifica la Directiva de reestructuraci\u00f3n y resoluci\u00f3n bancarias (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2014\/59\/oj\/eng\">Directiva 2014\/59\/UE)<\/a>&nbsp;con el objetivo de introducir proporcionalidad en la aplicaci\u00f3n del colch\u00f3n de deuda que deben mantener los bancos y las empresas de inversi\u00f3n para poder absorber p\u00e9rdidas y ser recapitalizados en la resoluci\u00f3n (los denominados \u00abrequisitos m\u00ednimos de fondos propios y pasivos admisibles\u00bb o \u00abMREL\u00bb). M\u00e1s concretamente, la Directiva Daisy Chains II introduce el concepto de \u00abentidades de liquidaci\u00f3n\u00bb y establece que, por regla general, estas no deben estar sujetas al MREL, a menos que la autoridad de resoluci\u00f3n decida lo contrario caso por caso. La plena aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n es fundamental para mejorar la resolubilidad de los bancos y evitar problemas de igualdad de condiciones entre las distintas estructuras de los grupos bancarios. Por ello, la Comisi\u00f3n est\u00e1 enviando cartas de emplazamiento a los 17 Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas nacionales de aplicaci\u00f3n a la Comisi\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que notifiquen la transposici\u00f3n de la Directiva relativa a los ajustes de los criterios de tama\u00f1o para las microempresas, peque\u00f1as, medianas y grandes empresas o grupos<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea decidi\u00f3 incoar procedimientos de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a Chipre, Chequia, Espa\u00f1a, Malta y Portugal por no notificar la transposici\u00f3n de la Directiva Delegada por la que se modifica la Directiva contable por la que se adaptan los criterios de tama\u00f1o de las microempresas, peque\u00f1as, medianas y grandes empresas o grupos a la inflaci\u00f3n (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir_del\/2023\/2775\/oj\/eng\">Directiva 2023\/2775<\/a>&nbsp;). Los Estados miembros ten\u00edan que asegurarse de que las medidas de esta Directiva se transpusieran al Derecho nacional y notificar a la Comisi\u00f3n a m\u00e1s tardar el 24 de diciembre de 2024. Esta Directiva tiene por objeto aumentar los criterios de tama\u00f1o monetarios de la Directiva contable para determinar la categor\u00eda de tama\u00f1o de una empresa para ajustar el impacto de la inflaci\u00f3n desde 2013. Esto garantiza que las microempresas, peque\u00f1as y medianas empresas no est\u00e9n sujetas a disposiciones indebidas de la UE en materia de informaci\u00f3n financiera y de sostenibilidad aplicables a las empresas m\u00e1s grandes y es clave para reducir a\u00fan m\u00e1s la carga administrativa. Por tanto, la Comisi\u00f3n est\u00e1 enviando cartas de emplazamiento a los cinco Estados miembros afectados. Disponen ahora de dos meses para presentar sus observaciones. Aunque los Estados miembros comprueben que la legislaci\u00f3n vigente ya se ajusta a las disposiciones de la Directiva, est\u00e1n obligados a notificar a la Comisi\u00f3n las disposiciones nacionales pertinentes. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n puede decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva relativa al intercambio de informaci\u00f3n entre las autoridades policiales de los Estados miembros<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea decidi\u00f3 incoar procedimientos de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a 18 Estados miembros (B\u00e9lgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, Espa\u00f1a, Francia, Croacia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Pa\u00edses Bajos, Polonia, Portugal, Ruman\u00eda y Eslovenia) por no haber transpuesto plenamente la Directiva relativa al intercambio de informaci\u00f3n entre las autoridades policiales de los Estados miembros (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2023\/977\/oj\/eng\">Directiva 2023\/977<\/a>&nbsp;). Los Estados miembros ten\u00edan que transponer la Directiva a su Derecho nacional antes del 12 de diciembre de 2024. La Directiva tiene por objeto reforzar la prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n e investigaci\u00f3n de delitos penales en la UE, garantizando que los agentes de polic\u00eda de un Estado miembro tengan un acceso equivalente a la informaci\u00f3n disponible que los de otro Estado miembro. Establece las normas organizativas y de procedimiento sobre el intercambio de informaci\u00f3n entre las autoridades policiales de los Estados miembros de la UE, incluido el establecimiento de un punto de contacto \u00fanico, que act\u00fae como \u00abventanilla \u00fanica\u00bb para el intercambio de informaci\u00f3n con otros Estados miembros de la UE. La plena aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n reforzar\u00e1 la lucha contra las actividades delictivas con una dimensi\u00f3n transfronteriza, como la delincuencia organizada, el tr\u00e1fico de drogas, el terrorismo, la explotaci\u00f3n sexual y la trata de seres humanos en toda la Uni\u00f3n Europea. Por ello, la Comisi\u00f3n ha enviado cartas de emplazamiento a los 18 Estados miembros afectados, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas a la Comisi\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que comuniquen las medidas de transposici\u00f3n de las disposiciones sobre el documento de viaje de emergencia de la UE<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea decidi\u00f3 incoar un procedimiento de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a B\u00e9lgica, Alemania, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, los Pa\u00edses Bajos, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia por no comunicar la transposici\u00f3n completa de&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/EN\/TXT\/?uri=CELEX:32019L0997\">la Directiva (UE) 2019\/997 del Consejo<\/a>&nbsp;&nbsp;por la que se establece un&nbsp;<strong><\/strong>documento de viaje de emergencia uniforme de la UE. La Directiva establece que los Estados miembros expidan documentos de viaje de emergencia de la UE a los ciudadanos de la UE cuyos pasaportes se hayan perdido, robado o destruido estando en el extranjero, para permitirles regresar a sus pa\u00edses de origen o residencia. La expedici\u00f3n de documentos de viaje de emergencia a ciudadanos de la UE es el tipo m\u00e1s com\u00fan de&nbsp;<a href=\"https:\/\/commission.europa.eu\/strategy-and-policy\/policies\/justice-and-fundamental-rights\/eu-citizenship-and-democracy\/consular-protection_en\">protecci\u00f3n consular<\/a>&nbsp;proporcionada en los casos en que el Estado miembro de la nacionalidad de la persona no tiene representaci\u00f3n consular en el tercer pa\u00eds en el que se encuentra. Los Estados miembros ten\u00edan hasta el 9 de diciembre de 2024 para transponer la Directiva, as\u00ed como&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir_del\/2024\/1986\/oj\">la Directiva Delegada (UE) 2024\/1986 de la Comisi\u00f3n<\/a>&nbsp;que la acompa\u00f1a , a su legislaci\u00f3n nacional. Todos los Estados miembros empezar\u00e1n a expedir el documento de viaje de emergencia uniforme de la UE el 9 de diciembre de 2025.&nbsp;Hasta la fecha, los 11 Estados miembros mencionados no han comunicado a la Comisi\u00f3n la transposici\u00f3n completa de las Directivas. Por ello, la Comisi\u00f3n ha enviado cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas a la Comisi\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que comuniquen las medidas de transposici\u00f3n de las disposiciones de la Directiva sobre el equilibrio de g\u00e9nero en los consejos de administraci\u00f3n de las empresas<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea decidi\u00f3 incoar un procedimiento de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a B\u00e9lgica, Chequia, Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungr\u00eda, los Pa\u00edses Bajos, Austria y Ruman\u00eda por no comunicar a la Comisi\u00f3n las medidas respectivas sobre la transposici\u00f3n de la Directiva relativa a la mejora del equilibrio de g\u00e9nero entre los administradores de las empresas cotizadas y medidas conexas (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2022\/2381\/oj\/eng\">Directiva 2022\/2381)<\/a>&nbsp;; y enviando una carta de emplazamiento a Bulgaria, Dinamarca, Irlanda, Francia, Polonia y Portugal por haber notificado solo la transposici\u00f3n parcial de la Directiva.<br>La Directiva sobre el equilibrio de g\u00e9nero en los consejos de administraci\u00f3n de las empresas tiene como objetivo una representaci\u00f3n de g\u00e9nero m\u00e1s equilibrada en los consejos de administraci\u00f3n de las empresas cotizadas en todos los Estados miembros de la UE. La Directiva establece un objetivo del 40 % del sexo subrepresentado entre los administradores no ejecutivos de las grandes empresas cotizadas de la UE, y del 33 % entre todos los administradores.<br>La Directiva entr\u00f3 en vigor en diciembre de 2022 y los Estados miembros ten\u00edan hasta el 28&nbsp;<sup>de<\/sup>&nbsp;diciembre de 2024 para transponer sus disposiciones. Por ello, la Comisi\u00f3n ha enviado cartas de emplazamiento a B\u00e9lgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Grecia, Francia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungr\u00eda, Pa\u00edses Bajos, Austria, Polonia, Portugal y Ruman\u00eda, que disponen ahora de dos meses para responder, completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas a la Comisi\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre seguridad de los transbordadores<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea ha decidido abrir procedimientos de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a cuatro Estados miembros, Bulgaria, Luxemburgo, Pa\u00edses Bajos y Polonia, por no haber transpuesto plenamente&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/dir\/2023\/946\/oj\/eng\">la Directiva 2023\/946<\/a>&nbsp;sobre seguridad de los transbordadores. El nuevo conjunto de normas se aplica a los buques de nueva construcci\u00f3n y a los certificados para operar en la UE por primera vez. La plena aplicaci\u00f3n de la Directiva es esencial para mejorar la seguridad de los transbordadores, protegiendo a los pasajeros de las inundaciones en caso de colisi\u00f3n y garantizando que las normas de la UE se ajusten a las normas internacionales establecidas por la Organizaci\u00f3n Mar\u00edtima Internacional (OMI). La fecha l\u00edmite para que los Estados miembros transpusieran la Directiva a su legislaci\u00f3n nacional era el 5 de diciembre de 2024. Por tanto, la Comisi\u00f3n ha enviado cartas de emplazamiento a los cuatro Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder, completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas a la Comisi\u00f3n. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre el r\u00e9gimen especial del IVA para las peque\u00f1as empresas<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea ha decidido incoar procedimientos de infracci\u00f3n enviando cartas de emplazamiento a ocho Estados miembros (Bulgaria, Irlanda, Grecia, Espa\u00f1a, Chipre, Lituania, Portugal y Ruman\u00eda) por no haber transpuesto la Directiva sobre el r\u00e9gimen especial del IVA para las peque\u00f1as empresas (&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/search.html?scope=EURLEX&amp;text=2020%2F285&amp;lang=en&amp;type=quick&amp;qid=1737487596079\">Directiva 2020\/285<\/a>&nbsp;). Los Estados miembros deb\u00edan transponer esta Directiva a su Derecho nacional a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2024. La Directiva sobre el r\u00e9gimen especial del IVA permite a las peque\u00f1as empresas vender bienes y servicios sin cobrar el IVA y alivia sus obligaciones de cumplimiento del IVA. Adem\u00e1s, las peque\u00f1as empresas establecidas en un Estado miembro distinto del deudor del IVA pueden eximir sus suministros del IVA del mismo modo que las peque\u00f1as empresas establecidas a nivel nacional pueden hacerlo en su respectivo Estado miembro. Por tanto, la Comisi\u00f3n env\u00eda cartas de emplazamiento a los ocho Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder y completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas a la Comisi\u00f3n. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n puede decidir emitir un dictamen motivado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre los tipos del IVA<br><\/strong>La Comisi\u00f3n Europea ha decidido incoar procedimientos de infracci\u00f3n enviando una carta de emplazamiento a siete Estados miembros (B\u00e9lgica, Bulgaria, Grecia, Espa\u00f1a, Lituania, Portugal y Ruman\u00eda) por no haber comunicado la transposici\u00f3n completa de la Directiva sobre los tipos del IVA&nbsp;<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/search.html?scope=EURLEX&amp;text=2022%2F542&amp;lang=en&amp;type=quick&amp;qid=1737488238201\">(Directiva 2022\/542)<\/a>&nbsp;. Los Estados miembros deb\u00edan comunicar la transposici\u00f3n completa de esta Directiva a su Derecho nacional a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2024. La Directiva sobre los tipos del IVA permite un uso m\u00e1s amplio por parte de los Estados miembros de los tipos reducidos, incluido el uso de tipos cero para productos esenciales como alimentos, productos farmac\u00e9uticos y productos destinados a uso m\u00e9dico. Adem\u00e1s, se abrieron a todos los Estados miembros los tipos de IVA espec\u00edficos de cada pa\u00eds, denominados excepciones, garantizando as\u00ed la igualdad de trato en toda la Uni\u00f3n. Por tanto, la Comisi\u00f3n est\u00e1 enviando cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder, completar su transposici\u00f3n y notificar sus medidas nacionales a la Comisi\u00f3n. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisi\u00f3n podr\u00eda decidir emitir un dictamen motivado.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n ha adoptado un paquete de decisiones de infracci\u00f3n debido a que los Estados&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":1884,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"jetpack_seo_schema_type":"","_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_feature_clip_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[46],"tags":[],"class_list":["post-7308","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-europa"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/Europa-mapa.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack-related-posts":[],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7308","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=7308"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7308\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7309,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/7308\/revisions\/7309"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1884"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=7308"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=7308"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lagacetadealmeria.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=7308"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}