La Comisión impone a Google una multa de 890 millones de euros por infringir el Reglamento de Mercados Digitales

La Comisión Europea ha adoptado hoy dos decisiones en las que constata el incumplimiento por parte de Google del Reglamento de Mercados Digitales por dar preferencia a sus propios servicios en Google Search y por imponer restricciones a las empresas en la redirección de los consumidores hacia canales de compra alternativos —a menudo más baratos— en Google Play. Por estas razones, la Comisión ha impuesto a Google una multa 460 millones EUR y una multa de 430 millones EUR, respectivamente.
Autopreferencia en Google Search
En virtud del Reglamento de Mercados Digitales, los guardianes de acceso no deben dar un trato más favorable a sus propios servicios que a los de terceros a la hora de establecer el orden de aparición en los resultados de búsqueda. Deben aplicar condiciones transparentes, justas y no discriminatorias a dicho orden de aparición.
La Comisión constató que Google otorga un trato preferente a sus propios servicios (como las compras, los hoteles, el transporte y los resultados deportivos) frente a los de terceros en las búsquedas de Google, incumpliendo así sus obligaciones en virtud del Reglamento de Mercados Digitales.
Google muestra sus propios servicios de forma más destacada en los resultados de búsqueda, por ejemplo, colocándolos en la parte superior de la página de resultados o utilizando elementos visuales y filtros mejorados, mientras que los servicios similares de terceros no gozan de la misma prominencia.
Antidirección de Google
En virtud del Reglamento de Mercados Digitales, los desarrolladores de aplicaciones que distribuyen sus aplicaciones a través de Google Play deberían poder informar gratuitamente a los clientes de ofertas alternativas, a menudo más baratas, y dirigirlos a dichas ofertas para que realicen sus compras, por ejemplo, en sitios web o en tiendas de aplicaciones alternativas.
La Comisión ha constatado que Google ha incumplido esta obligación.
En particular, Google impide a los desarrolladores de aplicaciones comunicar y promover libremente ofertas y celebrar contratos con los usuarios en los canales de distribución que elijan, incluidas las tiendas de aplicaciones de terceros.
Si bien Google puede recibir una comisión por facilitar la captación inicial de un nuevo cliente por parte de un desarrollador de aplicaciones a través de Google Play, el nivel de las comisiones relacionadas con la redirección cobradas por Google y laduración del período de tarificaciónde estas comisiones superaron lo que se considera conforme al Reglamento de Mercados Digitales.
Como parte de las dos decisiones de hoy, la Comisión ha ordenado a Google que ponga fin al incumplimiento.
En concreto, Google debe aplicar medidas para:
- tratar los servicios de terceros que aparecen en los resultados de búsqueda de Google de forma justa y no discriminatoria en comparación con sus propios servicios; y
- permitir que los desarrolladores de aplicaciones que distribuyen sus aplicaciones a través de Google Play Store puedan, tanto desde el punto de vista técnico como contractual, comunicar libremente, promover ofertas y celebrar contratos con usuarios no solo dentro sino también fuera de la tienda de aplicaciones Google Play.
La Comisión observa que, tras un diálogo constructivo, Google ha propuesto y empezado a probar cambios en la forma en que presenta sus propios servicios en la búsqueda de Google en el caso de servicios gratuitos como compras, hoteles y vuelos. La Comisión supervisará la aplicación de estas soluciones, que suponen un avance considerable hacia el cumplimiento de la normativa.
La Comisión también observa que Google ha propuesto y empezado a realizar pruebas con cambios en la forma de presentar los anuncios de compras y los servicios relacionados con los contenidos, como los deportivos. La Comisión está evaluando actualmente estos cambios y proseguirá su diálogo con Google. La Comisión también toma nota de las propuestas de Google sobre cómo tiene previsto aplicar los principios de la decisión a los resúmenes y el modo de IA, cuestiones sobre las que se seguirá dialogando a la luz de la decisión de hoy.
La Comisión también observa que Google ha introducido cambios relacionados con sus propias normas de dirección, que suponen un avance positivo hacia el cumplimiento y también se evaluarán a la luz de la orden de cese y desistimiento de hoy.
Las multas impuestas a Google hoy tienen en cuenta la gravedad y la duración del incumplimiento.
Próximas etapas
Google está obligado a cumplir las decisiones de la Comisión en un plazo de 60 días; de lo contrario, se expone a multas coercitivas de hasta el 5 % de su volumen de negocios total a nivel mundial.
La Comisión sigue colaborando con Google para garantizar el cumplimiento tanto de las decisiones como del Reglamento de Mercados Digitales en general.
Contexto
Google fue designado guardián de acceso en septiembre de 2023 por su motor de búsqueda en línea Google Search. El 25 de marzo de 2024, la Comisión inició investigaciones por incumplimiento en relación con las medidas de Google para evitar la autopreferencia y con sus normas de dirección. El 19 de marzo de 2025, la Comisión informó a Google de su opinión preliminar de que la empresa infringía el Reglamento de Mercados Digitales.
Google ejerció su derecho de defensa examinando en detalle los documentos de los dos expedientes de investigación de la Comisión y respondiendo de forma exhaustiva por escrito a las conclusiones preliminares de la Comisión.
Las dos decisiones de incumplimiento se han adoptado tras una investigación minuciosa, que incluyó las observaciones de los participantes en el mercado y un amplio diálogo con Google.
Al calcular las multas, la Comisión ha evaluado la gravedad, la duración y la reiteración de las infracciones y ha llegado a la conclusión de que el nivel de las multas impuestas es proporcionado y adecuado.
Google puede decidir recurrir las decisiones de hoy.
Cita(s):
«Google no ha cumplido de manera efectiva el Reglamento de Mercados Digitales, y hoy hemos adoptado medidas de ejecución decisivas, pero equilibradas, para sancionar estas infracciones. Los mejores productos deben tener éxito porque son mejores, no porque sean propiedad de la empresa que gestiona el motor de búsqueda. Y los consumidores europeos tienen derecho a que los desarrolladores de aplicaciones les indiquen dónde pueden acceder a las mejores ofertas, incluso cuando el propietario de la tienda de aplicaciones no se lleve una comisión. Esta es la promesa del Reglamento de Mercados Digitales: proteger la equidad, la libertad de elección y la innovación en los mercados digitales en beneficio de todos los ciudadanos europeos».
Teresa Ribera, vicepresidenta ejecutiva para una Transición Limpia, Justa y Competitiva.
«Las dos decisiones que hemos adoptado hoy confirman nuestra determinación de aplicar el Reglamento de Mercados Digitales para salvaguardar las empresas y la innovación. Constatamos que Google perjudica a las empresas que ofrecen servicios similares, como compras o deportes, al no concederles el mismo nivel de visibilidad en Google Search. También constatamos que Google ha impedido a los desarrolladores de aplicaciones realizar ofertas más baratas a los clientes en la tienda de aplicaciones Google Play.
Ahora Google debe poner fin al incumplimiento y abstenerse de repetirlo en el futuro.
Las decisiones de hoy transmiten un mensaje claro: no dudaremos en utilizar herramientas a nuestra disposición para proteger las oportunidades de negocio e innovación que ofrece el Reglamento de Mercados Digitales».
Henna Virkkunen, vicepresidenta ejecutiva para la Soberanía Tecnológica, la Seguridad y la Democracia.