Ante las consideraciones del Magistrado Juez D. Juan Carlos Peinado, la Dirección General de la Policía quiere reiterar la más absoluta integridad y prestigio de los funcionarios y las funcionarias de la Policía Nacional

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Policia Nacional Archivo Extranjería

Ante las consideraciones contenidas en el reciente auto judicial emitido por el Magistrado Juez D. Juan Carlos Peinado García, titular de la Plaza nº41 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, en el procedimiento Tribunal del Jurado 1146/2024 (Diligencias previas), la Dirección General de la Policía quiere reiterar la más absoluta, firme y escrupulosa defensa del honor, la integridad y el prestigio de los funcionarios y las funcionarias de la Policía Nacional.

Resulta injustificada cualquier argumentación que sitúe bajo la sombra de la sospecha la labor de los agentes, sugiriendo que estos pudieran cooperar en la elusión de la justicia o en el quebrantamiento de medidas cautelares por parte de personas bajo su custodia o escolta.

Los miembros de la Policía Nacional desarrollan sus funciones bajo el estricto mandato recogido en el Artículo 104.1 de la Constitución Española, que les encomienda la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. 

Este precepto se ejerce bajo los principios de neutralidad política, absoluta imparcialidad y estricto sometimiento al imperio de la ley, lo que excluye por completo el cumplimiento de órdenes que resulten manifiestamente contrarias al ordenamiento jurídico.

La honorabilidad de la Policía Nacional se fundamenta en su trayectoria de servicio público y en la confianza que la sociedad deposita en ella. Por lo tanto, se rechaza cualquier valoración especulativa que menoscabe el crédito de la institución, reafirmando el compromiso inquebrantable de todos sus agentes con la legalidad constitucional y la colaboración con los tribunales de justicia.

La defensa de la honradez y honestidad de los funcionarios policiales en el ejercicio de su profesión no es incompatible con el debido respeto institucional a la independencia judicial y al conjunto de las decisiones y resoluciones emanadas del Poder Judicial, pilar fundamental de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

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