La mayor parte de las medidas entrará en vigor mañana, 1 de octubre. La reforma afecta a quienes se desplazan en patinete eléctrico, bicicleta o motoy establece nuevas reglas de convivencia en las vías urbanas
El subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, y el jefe provincial de Tráfico, José María Méndez, han presentado hoy la modificación del Reglamento General de Circulación destinada a mejorar la seguridad de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.
Durante la rueda de prensa, Martín ha señalado que “el patinete eléctrico se ha incorporado con rapidez a nuestras calles” y que la reforma responde a una pregunta necesaria: “si las normas protegen adecuadamente a quienes comparten la vía”. El subdelegado ha resumido el propósito del cambio en una idea: “poner la seguridad de las personas en el centro”.
La nueva regulación fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico y establece el uso obligatorio del casco. También exige chaleco reflectante durante la noche o cuando haya poca visibilidad. Para los ciclistas, elimina las exenciones de uso del casco en vías interurbanas y refuerza las condiciones de seguridad en los adelantamientos. La reforma incorpora, además, medidas de protección para los usuarios de motocicletas y nuevas normas de circulación en entornos urbanos.
Martín ha pedido a la ciudadanía que se informe sobre los cambios y actúe con prudencia: “En la calle, la seguridad de una persona depende muchas veces de la prudencia de otra”. “Llegar unos minutos antes nunca puede valer más que llegar todos a salvo”, ha concluido.
Por su parte, el jefe provincial de Tráfico ha explicado durante la comparecencia el alcance de las medidas y sus distintas fechas de aplicación. La mayor parte de la reforma entra en vigor mañana, 1 de octubre de 2026, aunque la obligación de llevar encendido el alumbrado de los vehículos de movilidad personal y la exigencia de casco homologado para los usuarios de motocicletas comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2027.
“La nueva norma aclara cómo debemos circular y protegernos en desplazamientos que ya forman parte de la vida diaria. Conocerla es el primer paso para aplicarla correctamente”, ha señalado José María Méndez.
Cambios en la movilidad: de la carretera a los entornos urbanos
La modificación del Reglamento General de Circulación se aprobó en Consejo de Ministros el pasado 23 de junio para adaptar la norma al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos veinte años, en los que se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos.
Por ello, por primera vez la norma recoge una definición de “usuario vulnerable de la vía”, aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad. El Reglamento General de Circulación incluye gracias a la reforma un nuevo Título VI que incluye normas de circulación específicas en zonas urbanas.
Esta reforma busca también el alineamiento con algunos de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la ONU en el año 2015, como la mejora de la salud y el bienestar de las personas, la apuesta por una energía asequible y no contaminante, la búsqueda de unas ciudades y comunidades más sostenibles y la acción por el clima, entre otros.
Principales cambios
Los principales cambios introducidos en el Reglamento de Circulan se agrupan en seis grandes bloques:
- Conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)
- Fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP.
- Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
- Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
- Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
- Ciclistas
- Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
- Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo (riders) deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
- El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m.
En vías urbanas:
- Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
- Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
- En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
3. Usuarios de motocicletas
- Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.
- Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
- Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.
- Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
4. Equipamiento de protección
- Se suprimen las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. A partir de ahora deberán llevarlo puesto en todo momento.
- Se establece una excepción que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen habitáculo del paciente.
5. Otras normas en vías interurbanas
- Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
- Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.
6. Otras normas en vías urbanas
- En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
- Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros, definiéndolo como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
- Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
