La Comisión Europea va a tomar medidas contra varios Estados miembros de la UE por no haberle notificado las medidas adoptadas para transponer determinadas Directivas de la UE a su ordenamiento jurídico nacional. El plazo para transponer las Directivas en cuestión venció recientemente. La Comisión tiene previsto enviar una carta de emplazamiento a dichos Estados miembros, dándoles dos meses para que contesten y completen la transposición. Si no lo hacen, la Comisión puede dar un paso más y emitir un dictamen motivado. Los Estados miembros en cuestión no han transpuesto plenamente cuatro Directivas de la UE relacionadas con la estabilidad financiera, con asuntos de interior y con la salud. La Comisión les insta a que adopten medidas inmediatas para poner su legislación en consonancia con los requisitos de la UE.
Principales decisiones relativas a España:
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva de ámbito general sobre el punto de acceso único europeo (PAUE), a fin de garantizar el acceso de los inversores a la información pública corporativa.
La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción mediante el envío de una carta de emplazamiento a Bulgaria, Estonia, Irlanda, España, Francia, Croacia, Italia, Letonia, Lituania, Países Bajos, Austria, Portugal, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Suecia por no haber transpuesto plenamente la Directiva de ámbito general sobre el punto de acceso único europeo [Directiva (UE) 2023/2864] en relación con los cambios introducidos en la Directiva sobre transparencia (Directiva 2004/109/CE). La Directiva de ámbito general sobre el PAUE forma parte del paquete legislativo del PAUE, por el que se facilita la creación de un mecanismo centralizado que ofrezca información pública fácilmente accesible, comparable y utilizable para los inversores y otras partes interesadas. Dicho paquete legislativo establece tres fases para el desarrollo del PAUE. La primera fase comenzará en julio de 2026, cuando la información publicada de conformidad con la Directiva sobre transparencia, así como con el Reglamento (UE) 2017/1129 (Reglamento sobre el folleto) y el Reglamento (UE) n.º 236/2012 (Reglamento sobre las ventas en corto), empiece a presentarse a las autoridades nacionales competentes con el fin de ponerla a disposición en el PAUE. De cara a esta primera fase, los Estados miembros tenían que transponer los cambios introducidos en la Directiva sobre transparencia a más tardar el 10 de julio de 2025. Por consiguiente, la Comisión enviará cartas de emplazamiento a Bulgaria, Estonia, Irlanda, España, Francia, Croacia, Italia, Letonia, Lituania, Países Bajos, Austria, Portugal, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Suecia, que disponen ahora de dos meses para completar su transposición y notificar las medidas adoptadas a la Comisión. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.