La campaña es de carácter provincial y para vías interurbanas.
Se busca concienciar a los peatones y conductores en el
cumplimiento de la normativa en sus desplazamientos.
En 2024 hubo 3 peatones fallecidos en carretera, ninguno hacía
uso de elementos reflectantes y 2 de ellos circulaban de noche.
En 2025 ya hay 4 peatones fallecidos en carretera.
Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
incrementarán la vigilancia en aquellas vías con más presencia de
peatones.
Entre 2019 y 2024 hubo 21 peatones fallecidos en carretera, 8 de
ellos en autovía, donde tienen prohibida su circulación.
12 de mayo de 2025.- La DGT en Almería pone en marcha, del 12 al 18 de
mayo, una nueva campaña de vigilancia y protección al peatón en carretera
con la que pretende concienciar en el respeto a la movilidad peatonal.
Entre 2019 y 2024, 21 personas fallecieron como consecuencia de un
atropello en carretera y en 2025 ya hay que lamentar 4 peatones fallecidos
más.
Un peatón es la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías
públicas. También se consideran peatones los que empujan cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones o las personas con movilidad reducida que circulan al paso con una silla de ruedas con motor o sin él.
CIRCULACIÓN DE PEATONES POR VÍAS FUERA DE POBLADO
Los peatones en carretera deben circular por la izquierda, para que puedan
ver de frente a los vehículos que se acerquen. Si se circulara por la derecha,
los vehículos se acercarían por detrás, lo que supondría una dificultad para
percibir el riesgo a tiempo y tomar las medidas necesarias para evitarlo.
Sólo se circulará por la derecha si por cualquier circunstancia de la vía o del
tráfico sea más fácil o más seguro.
Deberán circular siempre por su derecha los que empujen o arrastren un
ciclo o ciclomotor de dos ruedas, carros de mano o aparatos similares, todo
grupo de peatones dirigido por una persona o que forme cortejo y las
personas que se desplacen en silla de ruedas.
Si existe arcén, se caminará por él, y si no existe, se circulará por la
calzada, lo más pegado posible al borde. Si son varias las personas,
deberán ir una detrás de otras, en fila india.
Puede surgir la necesidad de cruzar al otro lado de la carretera, en este
caso se cruzará, como en las vías urbanas, por los lugares más seguros y
con mayor visibilidad, por ejemplo en tramos de carretera sin curvas ni
rasante, y por lugares en los que no haya árboles, coches u otros
obstáculos que impidan ver y ser vistos por los conductores de vehículos.
Si existiese un refugio o zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún
peatón debe permanecer en la calzada ni en el arcén. Si estuviera
esperando a un vehículo sólo invadirá la calzada cuando éste se encuentre
a su altura.
En autopistas y autovías está prohibida la circulación de peatones. Sólo si
en caso de accidente, avería, malestar físico de sus ocupantes u otra
emergencia, fuera necesario solicitar auxilio, el conductor u otro ocupante
podrá salir del vehículo (llevando siempre un chaleco reflectante de alta
visibilidad), sin que el resto de los ocupantes pueda transitar por la calzada.
Normalmente a la entrada de las autopistas o autovías existe un cartel
informativo que indica la prohibición de circular a los peatones, no obstante
si no existiese, siempre está señalizada con la señal general de autovía o
autopista.
Fuera de poblado, entre la puesta y salida del sol o en condiciones
climatológicas ambientales adversas que disminuyan sensiblemente la
visibilidad, los peatones que circulen por la calzada o el arcén deberán ir
provistos de algún elemento luminoso o retro reflectante homologado y
procurarán vestir ropas de color claro para ser lo más visibles posible para
los conductores
LO QUE DICE LA NORMATIVA
Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el
vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos
siguientes:
-Cuando haya peatones en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda
preverse racionalmente su irrupción en ella.
-Al aproximarse a ciclos circulando, así como en las intersecciones y en las
proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y de los pasos de peatones
no regulados por semáforo o agentes de la circulación.
Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de
los peatones, salvo en los casos siguientes:
a) En los pasos para peatones debidamente señalizados.
b) Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya
peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
c) Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones
que no dispongan de zona peatonal
Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de
graves (200 € de sanción)
Vehículos prioritarios: Los conductores de los vehículos destinados a los
referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente
cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no
vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de
los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta
cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los
conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a
facilitar la suya.
Adelantamientos: Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, se
deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo
de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para
realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento;
en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se
encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la
calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización
venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque
para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido
contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la
maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a peatones
cuando puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación
en general.
Deslumbramientos: En este caso, el conductor que lo sufra reducirá la
velocidad lo necesario, incluso hasta la detención total, para evitar el
alcance de vehículos o peatones que circulen en el mismo sentido.
Circulación de peatones por la calzada o el arcén.
Fuera de poblado, y en tramos de poblado incluidos en el desarrollo de una
carretera que no disponga de espacio especialmente reservado para
peatones, como norma general, la circulación de peatones se hará por la
izquierda
Sin embargo, la circulación de peatones se hará por la derecha cuando
concurran circunstancias que así lo justifiquen por razones de mayor
seguridad.
La circulación por el arcén o por la calzada se hará con prudencia, sin
entorpecer innecesariamente la circulación, y aproximándose cuanto sea
posible al borde exterior de aquéllos. Salvo en el caso de que formen un
cortejo, deberán marchar unos tras otros si la seguridad de la circulación así
lo requiere, especialmente en casos de poca visibilidad o de gran densidad
de circulación de vehículos.
Cuando exista refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún
peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén, aunque sea
en espera de un vehículo, y para subir a éste, sólo podrá invadir aquélla
cuando ya esté a su altura. Al apercibirse de las señales ópticas y acústicas
de los vehículos prioritarios, despejarán la calzada y permanecerán en los
refugios o zonas peatonales.
Circulación nocturna: Fuera del poblado, entre el ocaso y la salida del sol
o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan
sensiblemente la visibilidad, todo peatón, cuando circule por la calzada o el
arcén, deberá ir provisto de un elemento luminoso o retrorreflectante
homologado y que responda a las prescripciones técnicas establecidas, que
sea visible a una distancia mínima de 150 metros para los conductores que
se le aproximen, y los grupos de peatones dirigidos por una persona o que
formen cortejo llevarán, además, en el lado más próximo al centro de la
calzada, las luces necesarias para precisar su situación y dimensiones, las
cuales serán de color blanco o amarillo hacia adelante y rojo hacia atrás y,
en su caso, podrán constituir un solo conjunto.
Pasos para peatones y cruce de calzadas: En zonas donde existen pasos
para peatones, los que se dispongan a atravesar la calzada deberán hacerlo
precisamente por ellos, sin que puedan efectuarlo por las proximidades, y
cuando tales pasos sean a nivel, se observarán, además, las reglas
siguientes:
a) Si el paso dispone de semáforos para peatones, obedecerán sus
indicaciones.
b) Si no existiera semáforo para peatones pero la circulación de vehículos
estuviera regulada por agente o semáforo, no penetrarán en la calzada
mientras la señal del agente o del semáforo permita la circulación de
vehículos por ella.
c) En los restantes pasos para peatones señalizados mediante la
correspondiente marca vial, aunque tienen preferencia, sólo deben penetrar
en la calzada cuando la distancia y la velocidad de los vehículos que se
aproximen permitan hacerlo con seguridad.
Para atravesar la calzada fuera de un paso para peatones, deberán
cerciorarse de que pueden hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento indebido.
Al atravesar la calzada, deben caminar perpendicularmente al eje de ésta,
no demorarse ni detenerse en ella sin necesidad y no entorpecer el paso a
los demás. Los peatones no podrán atravesar las plazas y glorietas por su
calzada, por lo que deberán rodearlas.
Normas relativas a autopistas y autovías. Queda prohibida la circulación
de peatones por autopistas y autovías. Si por accidente, avería, malestar
físico de sus ocupantes u otra emergencia tuviera que inmovilizarse un
vehículo en una autopista o autovía y fuese necesario solicitar auxilio, se
utilizará la señal luminosa V-16 y no los triángulos de preseñalización sin
que ninguno de los ocupantes del vehículo pueda transitar por la calzada.
CONSEJOS PARA PREVENIR ATROPELLOS
Por dónde circular Siempre por el lado izquierdo para mantener de frente
los vehículos que circulen.
Cómo circular Los peatones que caminan por carreteras convencionales
deben ir siempre en fila india (no se puede ir en parejas).
Extra de seguridad Es obligatorio usar los arcenes. Si no los hay, se
debe caminar lo más cerca del borde izquierdo de la calzada.
Visibilidad Aunque no sea de noche, es aconsejable vestir con prendas
coloridas o reflectantes.
¡Atención Peligro! Si resulta imprescindible cruzar al otro lado de la
carretera y no existe la posibilidad de hacerlo a través de un paso, se debe
evitar hacerlo en las curvas o en espacios en los que existan objetos
(vegetación, etc) que impidan a los conductores captar la presencia del
peatón.