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Paquete de procedimientos de infracción de junio: decisiones para España

A continuación, se presentan las principales decisiones que ha adoptado la Comisión, agrupadas por ámbitos de actuación. La Comisión también archiva ciento doce asuntos en los que se han resuelto los problemas con los Estados miembros afectados. En estos casos, la Comisión no tiene que seguir adelante con el procedimiento de infracción.

Medio ambiente

Cartas de emplazamiento

La Comisión insta a BULGARIA, GRECIA, ESPAÑA, PAÍSES BAJOS Y PORTUGAL a que transpongan correctamente la Directiva sobre el agua potable

La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción enviando cartas de emplazamiento a Bulgaria [INFR(2025)2030], Grecia [INFR(2025)2049], España [INFR(2025)2026], Países Bajos [INFR(2025)2048] y Portugal [INFR(2025)2068] por no haber transpuesto correctamente la Directiva sobre el agua potable refundida [Directiva (UE) 2020/2184], que contribuye a mejorar la resiliencia del agua en toda la UE y a alcanzar la ambición de la UE de una contaminación cero. La Directiva sobre el agua potable refundida aumenta la protección de la salud humana al actualizar las normas de calidad del agua, abordar los contaminantes preocupantes, como los alteradores endocrinos y los microplásticos, y proporcionar agua del grifo más limpia. La Directiva también aborda la cuestión de las fugas de agua, ya que actualmente se pierde de media el 30 % del agua potable durante su distribución en la UE. Los Estados miembros debían transponer la Directiva al Derecho nacional y cumplir sus disposiciones a más tardar el 12 de enero de 2023. En Bulgaria, el Derecho nacional no refleja correctamente el alcance de las exenciones y excepciones previstas en la Directiva, la evaluación y gestión de riesgos requeridas para el sistema de suministro del agua potable y los aspectos relacionados con el control de la calidad del agua potable. Por lo que respecta a Grecia, el Derecho nacional reduce el ámbito de aplicación de la Directiva y no incluye a todos los proveedores de agua potable. En cuanto a España, las deficiencias incluyen la reducción del ámbito de aplicación de la Directiva, la falta de disposiciones específicas en materia de evaluaciones de riesgos para el sistema de suministro de agua potable y la inexistencia de disposiciones sobre una revisión periódica. La legislación de los Países Bajos presenta deficiencias en cuanto al control de la calidad del agua potable y la promoción del acceso al agua potable. La legislación portuguesa transpone incorrectamente varias disposiciones de la Directiva. Esto incluye las disposiciones relativas al ámbito de aplicación, el alcance de la evaluación de riesgos relativa al sistema de suministro de agua potable, la función de las autoridades competentes y los productos que pueden entrar en contacto con el agua potable. Por tanto, la Comisión va a enviar cartas de emplazamiento a Bulgaria, Grecia, España, Países Bajos y Portugal, que disponen ahora de dos meses para responder a ellas y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no recibirse respuestas satisfactorias, la Comisión podría optar por emitir dictámenes motivados.

La Comisión insta a ESPAÑA a que transponga correctamente la Directiva Seveso III

La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a España [INFR(2025)2029] por no haber transpuesto correctamente la Directiva Seveso III (Directiva 2012/18/UE), relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. La Directiva es aplicable a más de 12 000 instalaciones industriales en toda la UE y proporciona el marco pertinente en materia de medidas de gestión de riesgos para evitar accidentes graves y limitar sus consecuencias. Desempeña un papel fundamental a la hora de dirigir a la UE hacia una contaminación cero ocasionada por accidentes industriales, un compromiso establecido en el Plan de Acción «Contaminación Cero». La Comisión constató que España ha transpuesto incorrectamente varias disposiciones de la Directiva Seveso III. Entre ellas, disposiciones sobre obligaciones de información, los plazos para elaborar planes de emergencia para establecimientos nuevos, y la necesidad de limpiar el lugar tras un accidente grave. Por tanto, la Comisión va a enviar una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder a ella y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

Fiscalidad

Remisión al Tribunal de Justicia

La Comisión decide llevar a ESPAÑA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no transponer plenamente a su Derecho nacional las normas sobre unas condiciones laborales transparentes y previsibles

La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a España [INFR(2022)0354] ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto plenamente la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles [Directiva (UE) 2019/1152] al Derecho nacional. Las normas de la UE requieren, por ejemplo, que los trabajadores reciban información oportuna y completa sobre los elementos esenciales de su trabajo, como el tiempo de trabajo y la remuneración. Según las medidas notificadas a la Comisión, España no ha adoptado dichas normas. La Comisión puso en marcha el procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a las autoridades españolas en septiembre de 2022, y posteriormente, un dictamen motivado en junio de 2023. En febrero de 2025, España notificó a la Comisión las medidas nacionales de transposición de algunas de las disposiciones de la Directiva a su Derecho nacional, pero no todas.  La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos de las autoridades han sido insuficientes, por lo que va a llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se impongan sanciones financieras.

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