El Juzgado de lo Mercantil N.º2 de Almería ha exonerado definitivamente todos los créditos pendientes de esta vecina aplicando la cada vez más conocida Ley de la Segunda Oportunidad.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha logrado la exoneración definitiva de esta vecina
Situación crítica de empresa familiar ante insolvencia causada por la pandemia
Con la llegada de la pandemia, los ingresos se desplomaron, lo que resultó en una incapacidad para cumplir con las obligaciones de deuda acumuladas. Esta situación forzó a la empresa a cesar sus operaciones, lo que agrava aún más su ya crítica situación económica.
Hoy en día, la empresa se encuentra ante una realidad de insolvencia, ya que los ingresos actuales no son suficientes para hacer frente a las deudas contraídas. Ante este panorama, la empresa se ve imposibilitada para continuar con su actividad y cumplir con sus compromisos financieros
Fue entonces cuando decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de la Asociación, tras analizar la situación y las causas de la insolvencia, le aconsejaron acogerse a un proceso que permitiera quedar libre de deudas definitivamente: la ley de la segunda oportunidad.
«Este tipo de casos son más habituales de lo que parece, encontrarse una empresa la cual se encuentra ante una insolvencia derivada de factores externos como la pandemia, lo que podría justificar la solicitud de un procedimiento de reestructuración o liquidación de acuerdo con la legislación vigente.», nos explica el letrado Jose Domínguez.
Cómo conseguimos la exoneración:
Durante estos tres meses, se solicita al juzgado correspondiente la apertura de un procedimiento judicial en el que se llevarían a cabo dos acciones principales:
- Confirmar el estado patrimonial de la deudora, con el fin de evaluar si es posible liquidar sus bienes para cubrir las deudas pendientes.
- Solicitar la exoneración de la deuda existente, cumpliendo con los requisitos legales, como demostrar que no ha podido realizar los pagos, presentando las tres últimas declaraciones de ingresos, y que no ha incurrido en delitos penales.
Los abogados han solicitado al juzgado la apertura de un concurso de acreedores. En este proceso, el mismo juzgado evaluará el cumplimiento de los requisitos legales y, finalmente, determinará si corresponde conceder la exoneración total de las deudas.
El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado 14 de febrero de 2025 fue dictada la sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de 158.613,67 euros, quedando de deuda la hipoteca de su casa, la cual va a poder pagar tranquilamente gracias a un plan de pagos al que poder hacer frente sin problemas.
Con esta sentencia los acreedores del concursado -entre ellos BBV, Cajamar..- han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos a la ya ex-deudora.


No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento exonera la totalidad de la deuda en Almería. Todas las sentencias logradas son de acceso gratuito en la web.